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La Corte Constitucional estudia las reglas de la JEP, un banco de perfiles genéticos y los derechos de las familias de crianza, entre otros temas de relevancia nacional

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    Oficina de prensa. Jurídica Herrera, Sattler & Ossa (HS&O)
  • 15 ago
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Por oficina de prensa de Herrera, Sattler & Ossa


Bogotá, D.C, 15 de agosto de 2025


Admisiones de la Corte Constitucional entre el 18 de julio y el 15 agosto de 2025.


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La Corte Constitucional ha iniciado el trámite de nueve procesos de constitucionalidad. Se trata de los siguientes:


Estado de 21 de julio


1. D-16604


LEY 1819 DE 2016, ARTÍCULO 286, QUE MODIFICÓ EL ARTÍCULO 645 DEL

ESTATUTO TRIBUTARIO


“Primero. ADMITIR el primer cargo de la demanda radicada en el expediente D16604, sobre la presunta vulneración del principio de tipicidad de las sanciones tributarias, presentada por Humberto de Jesús Longas Londoño en contra del artículo 286 de la Ley 1819 de 2016.”


Tema: De acuerdo con el accionante, el artículo demandado viola el principio de tipicidad, al exigir la aplicación de una sanción por extemporaneidad y por corrección de la declaración de ingresos y patrimonio “sobre su patrimonio líquido”, a todos los obligados a declarar (ingresos y patrimonio), “sin distinción”. Lo anterior, ya que la declaración también es obligatoria para los no contribuyentes, los cuales, según la demanda, “no determinan patrimonio líquido por no ser contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, en los términos de los artículos 5, 261 a 292 y 599 del Estatuto Tributario.


Estado de 25 de julio


2. D-16635


LEY 2114 DE 2021, ARTÍCULO 2, NUMERAL 4 (PARCIAL) “PRIMERO. ADMITIR la demanda de inconstitucionalidad presentada por Andrés Ricardo González Toloza y otros contra el numeral 4 (parcial) del artículo 2 de la Ley 2114 de 2021.D-16581


Tema: De acuerdo con el accionante, el artículo 286 viola los principios de tipicidad, proporcionalidad, razonabilidad y no confiscatoriedad, al exigir la aplicación de una sanción por extemporaneidad y por corrección de la declaración de ingresos y patrimonio “sobre su patrimonio líquido”, a todos los obligados a declarar (ingresos y patrimonio), “sin distinción”. Lo anterior, ya que la declaración también es obligatoria para los no contribuyentes, los cuales, según la demanda, “no determinan patrimonio líquido por no ser contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, en los términos de los artículos 5, 261 a 292 y 599 del Estatuto Tributario.

 

Estado de 6 de agosto

  

3.      D-16754

 

DEMANDA CONTRA LAS REGLAS DE INTERPRETACIÓN JUDICIAL EMITIDAS POR LA SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS Y LA SECCIÓN DE APELACIÓN DEL TRIBUNAL PARA LA PAZ 

 

“PRIMERO.- ADMITIR la demanda identificada con el radicado D-16.754, presentada por el ciudadano Juan Daniel Mora Herrera, en contra de “las reglas de interpretación judicial emitidas por la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz que dieron creación al “juicio de Prevalencia Jurisdiccional.”

 

Tema: Interpretación judicial emitidas por la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz que dieron creación al juicio de Prevalencia Jurisdiccional.

 

Estado de 11 de agosto

 

4.      D-16701

 

LEY 599 DE 2000, ARTÍCULOS 34, 43, 104.1, 166.5, 170.4, 179.4, 188B.3, 188C.2, 188E, 211.5, 211A.A, 216.3, 230, 233, 236, 237, 454 A (PARCIALES)

 

“Primero: Por las razones expuestas en esta providencia, ADMITIR la demanda presentada por la ciudadana Catalina Ortiz Álvarez contra los artículos 34, 43, 104.1, 166.5, 170.4, 179.4, 188B.3, 188C.2, 188E, 211.5, 211A, 216.3, 230, 233, 236, 237, 454A (parciales) de la Ley 599 de 2000, cuya radicación corresponde al número D16.701.

 

Tema: La demanda se dirige contra la presunta omisión legislativa relativa en que incurrió el Legislador respecto de las normas demandadas, por cuanto, en ellas, han quedado excluidos los miembros de las familias de crianza. Esto en razón a que, por la forma taxativa en que están redactadas las normas penales, las disposiciones limitan el concepto de parientes sólo a, en el mayor de los casos, parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, cuarto de afinidad y cuarto civil; quedando por fuera de la protección de las normas los miembros de las Familias de crianza.

 

Estado de 13 de agosto

 

5.      PE-060

 

PROYECTO DE LEY NÚMERO 138 DE 2024 SENADO- 448 DE 2024 CÁMARA, POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL BANCO NACIONAL DE PERFILES GENETICOS CON FINES DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL EN MATERIA PENAL Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES.

 

 “PRIMERO: ASUMIR el control previo de constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria No. 138 de 2024 Senado, 448 de 2024 Cámara, “por medio de la cual se crea el banco de perfiles genéticos con fines de investigación judicial en materia penal y se adoptan otras disposiciones”

 

Tema: Control previo y automático de proyecto de ley estatutaria que crea un banco nacional de perfiles genéticos con fines de investigación judicial.  

 

6.      PE-061

 

DECRETO 0721 DEL 25 DE JUNIO DE 2025, POR EL CUAL SE ADICIONA EL CAPÍTULO 10 AL TÍTULO 1 DE LA PARTE 3 DEL LIBRO 2 DEL DECRETO 1066 DE 2015, DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR ADMINISTRATIVO DEL INTERIOR, PARA REGLAMENTAR EL ACTO LEGISLATIVO 02 DEL 25 DE AGOSTO DE 2021, EN LO RELATIVO A LAS SANCIONES APLICABLES A LOS ELEGIDOS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES TRANSITORIAS ESPECIALES DE PAZ

 

“PRIMERO. AVOCAR EL CONOCIMIENTO del Decreto 0721 de 25 de junio de 2025, “[p]or el cual se adiciona el Capítulo 10 al Título 1 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, para reglamentar el Acto Legislativo 02 del 25 de agosto de 2021, en lo relativo a las sanciones aplicables a los elegidos en las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz

 

Tema: Control previo y automático de nuevas sanciones aplicables a elegidos por las Circunscripciones Especiales de Paz

 

7.      D-16731 D-16735 (ACUMULADOS)

 

DECRETO 927 DE 2023, ARTÍCULO 36 (PARCIAL), PARÁGRAFO TRANSITORIO (PARCIAL) Y ARTÍCULO 152 (PARCIAL)

 

 “Primero. ADMITIR PARCIALENTE las demandas de inconstitucionalidad acumuladas y presentadas por Fabio Sarmiento Vásquez (expediente D-16731) y Jaime Augusto Restrepo Mantilla (expediente D-16735), contra el articulo 36 (parcial) y el artículo 152 (parcial) del Decreto 927 de 2023, por los cargos de supuesta vulneración a los artículos 29 y 125 de la Constitución Política

 

Tema: El cargo admitido por la Corte aduce que la aplicación de las normas demandadas vulnera gravemente el debido proceso administrativo, al permitir la provisión de vacantes no convocadas originalmente en el concurso DIAN 2022, y el retiro automático de servidores provisionales que no pudieron participar en dicho concurso ni ejercer mecanismos de defensa.

 

Estado de 15 de agosto

 

8.      D-16693

 

LEY 599 DE 2000, ARTÍCULO 68 (PARCIAL)

 

“Primero. ADMITIR la demanda presentada por Carlos Andrés Mejía Bárcenas, contra la expresión “salvo que en el momento de la comisión de la conducta tuviese ya otra pena suspendida por el mismo motivo” del artículo 68 de la Ley 599 de 2000 “Por la cual se expide el Código Penal”

 

Tema: A juicio del demandante, la norma acusada implica que no se puede conceder la prisión hospitalaria o domiciliaria, cuando el condenado cuenta con penas suspendidas con anterioridad, y que ello podría desconocer la Sentencia C-348 del 2024.

 

9.      D-16660

 

DECRETO 1792 DE 2000, ARTÍCULO 54 (PARCIAL)

 

“PRIMERO. ADMITIR la demanda de inconstitucionalidad D-16660 interpuesta contra el artículo 54 (parcial) del Decreto 1792 de 2000 “[p]or el cual se modifica el Estatuto que regula el Régimen de Administración del Personal Civil del Ministerio de Defensa Nacional [y] se establece la Carrera Administrativa Especial”

 

Tema: Jornada de trabajo del personal civil del Ministerio de Defensa Nacional. La disposición acusada establece que, en adición a las ocho horas de la jornada, dichos trabajadores deben estar en permanente disponibilidad. Para el actor esta norma desconoce múltiples derechos como el derecho al descanso, a la desconexión laboral y a la igualdad.

 

FIN


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